“El Estado violó los derechos del niño, consagrados en el artículo 19 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la misma, en perjuicio de las niñas Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, de conformidad con los párrafos 403 a 411 de la presente Sentencia.”
En tanto Esmeralda y Laura Berenice eran niñas, de 14 y 17 años respectivamente, se presupone que el Estado tenía el deber de prestar una atención especial para evitar que sus derechos fueran violados. En este caso implicaba, de acuerdo a la Corte, que México tenía la obligación de adoptar todas las medidas positivas que fueran necesarias para garantizar los derechos de las niñas desaparecidas. En concreto, el Estado tenía el deber de asegurar que fueran encontradas a la mayor brevedad, una vez los familiares reportaron su ausencia, especialmente debido a que el Estado tenía conocimiento de la existencia de un contexto específico en el que niñas estaban siendo desaparecidas.
México afirmó que no tenía responsabilidad internacional respecto de los deberes especiales de la infancia, porque no se había demostrado que la minoría de edad de las víctimas hubiera sido un factor relevante en los hechos. Pero además, afirmó que cumplía con su obligación de protección a los niños con la adopción de medidas acordes con su situación especial de vulnerabilidad, y para ello presentó como pruebas la legislación existente sobre derechos de las niñas y los niños y sus programas derivados. La Comisión alegó que las agencias estatales encargadas específicamente de la protección a la infancia no intervinieron de modo alguno ni en la prevención de estos hechos ni en proponer alguna clase de solución para el caso, y que las instancias estatales encargadas de hacer cumplir la ley no actuaron para prevenir los hechos ni para individualizar y sancionar a los responsables de acuerdo a la condición de las víctimas.
La Corte concluyó que, a pesar de la existencia de legislación para la protección de la niñez y de determinadas políticas estatales, en este caso concreto, esas medidas no se tradujeron en medidas efectivas para iniciar una pronta búsqueda; activar todos los recursos para movilizar a las diferentes instituciones y desplegar mecanismos internos para obtener información que permitiera localizar a las niñas con rapidez; ni para, una vez encontrados los cuerpos, realizar las investigaciones, procesar y sancionar a los responsables de forma eficaz y expedita. Según la Corte, es definitivo que el Estado no demostró tener mecanismos de reacción o políticas públicas que dotaran a las instituciones involucradas de las herramientas necesarias para garantizar los derechos de las niñas, y por lo tanto incurrió en responsabilidad internacional por violar los derechos de la infancia.
ACCIÓN URGENTE: Hombres Armados Violan la Secresía del Único Refugio para Mujeres en Situación de Violencia Extrema de Ciudad Juárez, Chihuahua.
El 9 de junio del año en curso 14 hombres, seis de ellos con armas de alto poder llegaron a las instalaciones secretas de SIN VIOLENCIA A. C. Refugio para mujeres en situación de riesgo por violencia extrema, al mando del grupo de hombres armados, se encontraba el funcionario del poder judicial de nombre Román García oficial notificador, quien se negó a identificarse y mostrando la copia de un oficio signado por el Juez Primero de lo familiar del Distrito Judicial Bravos Lic. Guadalupe Manuel de Santiago Aguayo, en el cual dicho funcionario autorizaba el uso de fuerza pública y rompimiento de cerraduras en una diligencia del ramo familiar, consistente en la entrega de forma inmediata de la menor Lesly Itzel Muñoz González.
El oficio mostrado, no señala domicilio para realizar dicha diligencia judicial, ni se encuentra dirigida a la asociación civil, por lo que el personal reiteró la oposición a que violentaran la entrada al recinto, al no encontrar colmados los requisitos legales para que se llevara a cabo la diligencia, solicitando al funcionario judicial, la presentación de una orden de cateo, la cual no llevaba.
A pesar de ello, bajo amenaza de utilizar armas de fuego para ingresar al refugio, los hombres armados entraron al refugio de forma violenta.
Les pedimos su cooperación para enviar llamamientos y extrañamientos a las autoridades correspondientes, así como enviar una copia al Centro de Derechos Humanos de las Mujeres y a la Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez, A.C.
Lic. Rodolfo Acosta Muñoz
Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia
Del Estado de Chihuahua
Tel ( 52 614 ) 1 800 700
Lic. José Reyes Baeza
Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua
Palacio de Gobierno
Calle Aldama # 901 Col Centro C.P. 31000
Tel ( 52 614) 4 29 33 00 ext 11123
Enviar copia a: Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, correo electrónico: acción@cedehm.org.mx y a la Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez A. C., correo electrónico: red.mmj@hotmail.com
El comunicado completo viene adjunto en formato pdf
Chihuahua falla de forma discriminatoria e ineficaz en el caso del asesinato de la adolescente Rubí Marisol Frayre
El sistema penal-judicial inquisitorio instaurado en Chihuahua conmemora el día de la infancia con un fallo que deja en la impunidad el asesinato de Rubí Marisol Frayre de dieciséis años de edad. El 22 de abril del 2010 la mamá de Rubí, Marisela Escobedo comenzó una serie de caminatas en Ciudad Juárez exigiendo justicia para su hija. Tras desechar los peritajes presentados sobre violencia contra las mujeres, por considerarlos irrelevantes para el caso, el tribunal absolvió al presunto asesino confeso.La interpretación realizada por funcionarios/as públicos/as del estado de Chihuahua demuestra el grado de minimización que se da al asesinato de mujeres menores en el Estado de Chihuahua y abona a la impunidad.
No hay eventos en esta clasificación.
ACCIÓN URGENTE: Hombres Armados Violan la Secresía del Único Refugio para Mujeres en Situación de Violencia Extrema de Ciudad Juárez, Chihuahua.
El 9 de junio del año en curso 14 hombres, seis de ellos con armas de alto poder llegaron a las instalaciones secretas de SIN VIOLENCIA A. C. Refugio para mujeres en situación de riesgo por violencia extrema, al mando del grupo de hombres armados, se encontraba el funcionario del poder judicial de nombre Román García oficial notificador, quien se negó a identificarse y mostrando la copia de un oficio signado por el Juez Primero de lo familiar del Distrito Judicial Bravos Lic. Guadalupe Manuel de Santiago Aguayo, en el cual dicho funcionario autorizaba el uso de fuerza pública y rompimiento de cerraduras en una diligencia del ramo familiar, consistente en la entrega de forma inmediata de la menor Lesly Itzel Muñoz González.
El oficio mostrado, no señala domicilio para realizar dicha diligencia judicial, ni se encuentra dirigida a la asociación civil, por lo que el personal reiteró la oposición a que violentaran la entrada al recinto, al no encontrar colmados los requisitos legales para que se llevara a cabo la diligencia, solicitando al funcionario judicial, la presentación de una orden de cateo, la cual no llevaba.
A pesar de ello, bajo amenaza de utilizar armas de fuego para ingresar al refugio, los hombres armados entraron al refugio de forma violenta.
Les pedimos su cooperación para enviar llamamientos y extrañamientos a las autoridades correspondientes, así como enviar una copia al Centro de Derechos Humanos de las Mujeres y a la Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez, A.C.
Lic. Rodolfo Acosta Muñoz
Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia
Del Estado de Chihuahua
Tel ( 52 614 ) 1 800 700
Lic. José Reyes Baeza
Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua
Palacio de Gobierno
Calle Aldama # 901 Col Centro C.P. 31000
Tel ( 52 614) 4 29 33 00 ext 11123
Enviar copia a: Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, correo electrónico: acción@cedehm.org.mx y a la Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez A. C., correo electrónico: red.mmj@hotmail.com
El comunicado completo viene adjunto en formato pdf
Chihuahua falla de forma discriminatoria e ineficaz en el caso del asesinato de la adolescente Rubí Marisol Frayre
El sistema penal-judicial inquisitorio instaurado en Chihuahua conmemora el día de la infancia con un fallo que deja en la impunidad el asesinato de Rubí Marisol Frayre de dieciséis años de edad. El 22 de abril del 2010 la mamá de Rubí, Marisela Escobedo comenzó una serie de caminatas en Ciudad Juárez exigiendo justicia para su hija. Tras desechar los peritajes presentados sobre violencia contra las mujeres, por considerarlos irrelevantes para el caso, el tribunal absolvió al presunto asesino confeso.La interpretación realizada por funcionarios/as públicos/as del estado de Chihuahua demuestra el grado de minimización que se da al asesinato de mujeres menores en el Estado de Chihuahua y abona a la impunidad.

Comentarios
Cq2cYu <a
Cq2cYu <a href="http://bimhjbzxtctn.com/">bimhjbzxtctn</a>, [url=http://gdvvtbasehxb.com/]gdvvtbasehxb[/url], [link=http://wpzhjshajvbz.com/]wpzhjshajvbz[/link], <a href="http://dipogzmzlzok.com/" title="http://dipogzmzlzok.com/">http://dipogzmzlzok.com/</a>
I think this board is the
I think this board is the proper place to ask you about the activation proccess. My link is not working properly, do you know why it is happening? <a href="http://www.campoalgodonero.org.mx/?710325b01c49da176e4374d38ae">http://www.campoalgodonero.org.mx/?710325b01c49da176e4374d38ae</a>,
Enviar un comentario nuevo